Micelio
Auto26 de noviembre de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Sala especial de seguimiento a la Sentencia T-025/2004
Seguimiento En Materia De Desplazamiento Forzado De Comunidades Afrodescendientes
  • Cumplimiento de las órdenes para la protección de los derechos de participación y representatividad de la comunidad de Curvaradó
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 dio respuesta a las solicitudes elevadas por diferentes integrantes del Consejo Comunitario de Curvaradó, en el marco del seguimiento al cumplimiento del Auto 299/12.

En tal sentido dispuso NEGAR el requerimiento relacionado con la convocatoria a la Asamblea General y ADVERTIR que, de conformidad con lo dispuesto en el precitado proveído, las disposiciones del reglamento interno aprobado por las comunidades en el año 2016 continúan vigentes hasta tanto no sean derogadas, modificadas o subrogadas por la Asamblea General.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. NEGAR las peticiones elevadas por los integrantes del Consejo Comunitario de Curvarado en relacion con la convocatoria a la asamblea general.
  2. Segundo. ADVERTIR que, de conformidad con dispuesto en el Auto 299 de 2012, las disposiciones del reglamento interno aprobado por las comunidades en el ano 2016 continuan vigentes hasta tanto no sean derogadas, modificadas o subrogadas por la asamblea general.
  3. Tercero. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, la presente decision a los peticionarios, asi como al representante legal del Consejo Comunitario de Curvarado.
  4. Cuarto. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, la presente decision al director de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior, al Procurador Delegado para Asuntos Etnicos y al Defensor Delegado para los Derechos de la Poblacion en Movilidad Humana.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.